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lunes, 26 de julio de 2010

CONTRATOS: NORMAS APLICABLES


Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional:http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/65000-69999/68396/texact.htm


Nación: Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas:http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/122927/norma.htm

Decreto Nacional 1.759/72 (Reglamento de Procedimientos Administrativos):http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/21715/texact.htm


Centro de Documentación e Información del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas:http://infoleg.mecon.gov.ar/

Reglamento de Contrataciones de la Provincia de Río Negro: Anexo II al Decreto H Nº 1.737/98, reglamentario de los artículos 86 al 92 de la Ley de Administración Financiera y Control del Sector Público Provincial H Nº 3.186:http://www.legisrn.gov.ar/DIGESCON/detallado_dig.php?ejecutar=DOCU.ASIENTO%3D1999010001&tablas=dgnorma+as+DOCU Seleccionar texto consolidado

Ley J Nº 286 de Obras Públicas de la Provincia de Río Negro: http://www.legisrn.gov.ar/DIGESCON/detallado_dig.php?ejecutar=DOCU.ASIENTO%3D1962020011&tablas=dgnorma+as+DOCU

Decreto Reglamentario J Nº 686/62 de la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Río Negro:

Carlos Alberto Da Silva

CLARO DERECHO AL ABORTO LEGAL

Por Andrés Gil Domínguez - PROFESOR DE DERECHO CONSTITUCIONAL (UBA)

En 1994, con motivo de la reforma constitucional, cuando se debatió en el plenario de la Convención Constituyente los alcances del art. 75 inciso 23 en lo atinente a la “protección del niño desde el embarazo”, los convencionales Barra y Alfonsín coincidieron en que la legislación penal del aborto (y en ella los supuestos de no punibilidad) no colisionaba con la Constitución argentina . También en la mencionada reforma se otorgó jerarquía constitucional a once instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

En 1997, el Comité de la Convención sobre Toda Forma de Discriminación de la Mujer recomendó al Estado argentino que para reducir la morbimortalidad materna revisara la legislación que penaliza a las mujeres que abortan . Este año, tanto el Comité de derechos humanos como el Comité de los derechos del niño le recomendaron a nuestro país: a) que capacite a jueces y personal de salud sobre el alcance del art. 86 del código penal sobre aborto no punible y b) revise dicho artículo para evitar una aplicación dispar en las provincias argentinas de los supuestos de aborto legal.

La actualización de la Guía Técnica para la atención integral de los abortos no punibles realizada por el Ministerio de Salud implica cumplir con las obligaciones internacionales contraídas , hacer efectiva la regla de reconocimiento constitucional argentina y establecer un piso mínimo a partir del cual cada provincia podrá adherir al estándar establecido o bien dictar su propia ley tal como lo hizo Chubut y lo intentó hacer La Pampa.

Sobre todo en el trágico caso de una violación, donde el ejercicio del derecho a interrumpir el embarazo no puede estar exclusivamente delimitado a la promoción de una acción penal que depende de la víctima, justamente para evitar añadir más dolor a su sufrimiento.

Esta clase de normas de procedimiento a nivel federal y provincial es imprescindible en un país donde la discriminación de las mujeres pobres (que en muchos deriva en su muerte) ni siquiera se toma respiro aun en los casos en donde la ley es clara desde el siglo pasado.

Guía Técnica para la atención de los abortos no punibles: http://www.msal.gov.ar/saludsexual/pdf/guia-anp-resmin11846.pdf

Carlos Alberto Da Silva

sábado, 24 de julio de 2010

TEMEN QUE EL FALLO SOBRE KOSOVO ALIENTE EL SEPARATISMO EN EL MUNDO

Por eso China, Rusia o España no aceptan la decisión de la Corte de La Haya.

Por Natasha Niebieskikwiat
LA HAYA. ENVIADA ESPECIAL

CELEBRACION. ALBANOS DE KOSOVO CELEBRAN EN
                  PRISTINA EL APOYO A SU INDEPENDENCIA DADO POR LA CORTE

La ola de comentarios surgidos ayer en Europa el día después de que la Corte Internacional de Justicia (CIJ) diera luz verde a la independencia unilateral de la ex provincia serbia de Kosovo, no movió ni un ápice las tradicionales posturas a favor y en contra de esta controversia. Por el contrario, y como era de esperarse, la contundente decisión del máximo órgano judicial de la ONU activó aún más la polémica sobre si esta reavivará o no la ola de movimientos separatistas en el mundo pese a las opiniones en sentido contrario que buscó dar EE.UU. –al manifestar que Kosovo era un caso “diferente”—, después de respaldarlo abiertamente el jueves. Por el contrario, China, ayer, y Rusia, el día anterior sostuvieron que seguirían apoyando la “soberanía e integridad territorial” de Serbia, como un “un principio fundamental del derecho internacional”.

Los principales diarios europeos llevaron publicaron la decisión de la CIJ en sus primeras planas. Y los analistas polemizaban sobre el transfondo del resultado de la opinión consultiva de la Corte. Es que del texto votado por 10 de sus jueces –cuatro estuvieron en contra— surge en realidad que estos no se pronunciaron a favor de la creación de un Estado kosovar sino que fallaron que la declaración de independencia del 17 de febrero de 2008 no violaba la ley internacional , ni la resolución del Consejo de Seguridad de la ONU, por la que esta región aún estaba bajo administración de Naciones Unidas al momento de su secesión.

Ayer, los cancilleres de la Unión Europea, aunque reiteraron su llamado al diálogo a Belgrado y Pristina, decidieron incorporar el tema de manera extraordinaria a su reunión del lunes, con clara intención de convencer a los cinco de sus 27 miembros que aún no reconocieron a la autoproclamada República de Kosovo de que lo hagan. La prensa especula que Serbia presionará con su aspiración a entrar al seno de la UE.

España es uno de los países de la Unión que no reconoció esta independencia y, aunque las autoridades buscaban apagar el fuego, la cuestión prendió como mecha en el regionalismo catalán y el separatismo vasco. También en las repúblicas pro rusas de Osetia del Sur y Abjazia, que ya han declararon su independencia de Georgia, la que a su vez libró recientemente una breve guerra con Rusia por esos territorios que ahora reclaman igual trato que a Kosovo. También lo hicieron ayer los serbios autonómicos de Bosnia. Y en sitios oficiales del norte de Chipre, en Quebec (Canadá) y en la independentista isla de Córcega había expresiones de júbilo. Por su parte, Argentina, que tampoco reconoció la secesión de Kosovo –y participó de esta opinión consultiva en la Corte, de La Haya— alberga en su seno el conflicto por Malvinas. Se juega, por una parte, el principio de integridad territorial y por otra el derecho a la autodeterminación que el Reino Unido le atribuye a los habitantes de las islas.

Entre tanto, en Belgrado hubo ayer una reunión organizada por el primer ministro Mirko Cvetkovic. Los serbios han manifestado tajantemente que “nunca” reconocerán a Kosovo como un país –de hecho la consideran sitio histórico y sagrado— y aspiran a trasladar el debate a la Asamblea General de la ONU, en setiembre próximo. Sólo 69 países de entre 192 del organismo reconocieron la independencia de esta región balcánica. Será una discusión en la que sin duda los tres aliados de los alabanokosovares en el Consejo de Seguridad –EE.UU., Francia y Reino Unido- buscarán reafirmar el nuevo Estado. Vale recordar que Kosovo –donde vive una mayoría albanesa de religión musulmana— alberga la mayor base de helicópteros con que cuenta EE.UU. en Europa.

El analista Edwin Bakker, del Instituto de Relaciones Internacionales Clingendael, de Holanda, señaló al diario británico Financial Times , que lo ocurrido ahora con Kosovo era un acto de secesión dentro de un país, algo que no se veía desde principio de los años setenta con la partición de Pakistán que dio nacimiento al Estado de Bangladesh.

 
Texto íntegro del fallo de la CIJ en inglés y francés aquí: http://www.icj-cij.org/homepage/pdf/20100722_KOS.pdf
 
Carlos Alberto Da Silva

LA "MEDIA SANCIÓN" DE UNA LEY NO EXISTE

Legisladores y periodistas suelen usar una expresión confusa y en realidad errónea, que tendrían que corregir si leyeran atentamente la Constitución.

Por Enrique Rodríguez EX MINISTRO DE TRABAJO

Las palabras dan significado al razonamiento científico y permiten definir el objeto con precisión. Me cuesta entender cómo diputados, senadores y periodistas utilizan el lenguaje de una manera incorrecta y repiten reiterada y equivocadamente palabras que carecen del significado que se les pretende atribuir.

Jacques Lacan incorporó nociones de origen lingüístico a la lectura del psicoanálisis, muchas veces basadas en la precisa utilización de las palabras, tomando el derecho como ejemplo, por su precisión para la elaboración de las normas jurídicas.

Centrémonos en un concepto: “media sanción” . ¿Qué significa media?: “mitad de alguna cosa”, según el Diccionario de la Real Academia Española.

¿Puede existir la mitad de una sanción legislativa? La respuesta es no. Evidentemente es una expresión sin sentido.

“Sanción”, conforme el Diccionario Gredos del Uso del Español, es “confirmar o dar validez a una ley”; el acto solemne por el que el Jefe del Estado promulga una Ley. El Jefe de Estado es en nuestro sistema constitucional el Presidente, titular del Ejecutivo.

El procedimiento para dictar una ley en nuestro país es sencillo. Un legislador (diputado o senador) presenta un Proyecto de Ley, lo aprueba la Cámara de origen, es decir, en la que fue presentado, salvo los supuestos en que debe ser considerado en su origen por una de ellas, por ejemplo, el Presupuesto, competencia primaria de la Cámara de Diputados y debe corresponder a una iniciativa (proyecto) del PEN (ver artículos 77 y 78 de la Constitución).

Un proyecto, cuando fue aprobado en general por la Cámara de origen o en su revisión por la otra, cualquiera de ellas (diputados o senadores) puede delegar su tratamiento en sus comisiones (ver artículo 80), norma no usada en nuestro parlamento, muy común en otros países, por ejemplo Italia y España.

Cuando es aprobado por ambas Cámaras, se lo remite al Poder Ejecutivo. Si merece su aprobación lo promulga, si no lo hace dentro del término de diez días de recibido, se reputa aprobado. Ningún Proyecto de Ley desechado totalmente por la Cámara revisora puede repetirse en sesiones de aquel año (ver artículo 79).

Por la reforma del año 1994 se establecieron nuevos derechos para los ciudadanos, entre ellos, el de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso debe darle expreso tratamiento dentro del término de doce meses de presentado.

En síntesis, la Cámara de origen aprueba un proyecto; si la Cámara revisora lo aprueba, el Congreso sanciona la ley y la remite al Poder Ejecutivo. Si la aprueba, la promulga; si la desaprueba, la veta y remite el veto al parlamento, que puede aceptar o rechazar el veto.

Legisladores de todas las bancadas utilizan el eufemismo “media sanción” , incluso el destacado jurista Ricardo Gil Lavedra, político a quien admiro y respeto. No entiendo por qué no remitirse a la Constitución que es clara, como sus normas elaboradas por los constituyentes. Las declaraciones de prensa, muchas veces repetidas, deberían aprovecharse para difundir los artículos tal como fueron correctamente elaborados y escritos por los constituyentes.

 
Carlos Alberto Da Silva

LA SIDE SE NEGARÁ A RESPONDER LOS PEDIDOS OPOSITORES EN EL CONGRESO

Fuentes oficiales dicen que no les darán el listado de los teléfonos pinchados.

Por Luciana Geuna

La Secretaría de Inteligencia (SI) no responderá los principales pedidos de la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Actividades de Inteligencia. Este cuerpo parlamentario, que estuvo inactivo desde su creación, está constituido ahora por una mayoría de la oposición que intentará darle impulso y transparentar las oscuras cuentas y misiones de la ex SIDE. En fuentes del organismo consultadas por Clarín reconocieron que se ampararán en algunos argumentos legales para negarle a los legisladores la información más sensible: listados de teléfonos intervenidos e informes de inteligencia.

Según esas fuentes, la ley de Inteligencia los protege de revelar, por ejemplo, las pinchaduras en curso, los informes internos anuales y las identidades de sus empleados, todas cuestiones que están en la agenda de la Comisión para tratar en forma secreta.

Estos argumentos adelantan una puja que recién empieza . Según explicó a Clarín un especialista en la materia y asesor legislativo, José Manuel Ugarte, estos pedidos de información “están perfectamente encuadrados en la Ley Nª 25.520 de Inteligencia Es más -continuó- se trata de cuestiones que la Comisión no sólo puede, sino que debe controlar ”.

De hecho, los informes de inteligencia anuales del organismo, deberían, por ley, llegar sistemáticamente a la comisión, cosa que aparentemente no sucedió nunca aunque es difícil saberlo aún para los nuevos integrantes de la comisión. Sucede que los mismos empleados de la Bicameral les niegan acceso a los archivos .

Los reclamos por transparencia a la ex SIDE se dan en un contexto en el que se fueron haciendo cada vez más visibles las operaciones políticas del Gobierno a través de información de esta agencia. El último ejemplo es de ayer: este diario publicó en exclusiva la denuncia de tres jueces federales que señalaron al director General de Operaciones, Antonio Stiuso por una campaña en su contra.

Entre los pedidos de la Comisión están, además, los listados del personal asignado a las delegaciones de todo el país, otro punto que los espías no quieren revelar. En este caso, la ley podría avalarlos porque “un oficial de inteligencia cuya identidad se revela simplemente no sirve más”, explicó Ugarte.

Ayer, diputados de la Coalición Cívica encabezados por Elisa Carrió reforzaron estos pedidos enviándole a la Comisión una batería de recomendaciones: pidieron que “se reciba información y aportes de números telefónicos de funcionarios, legisladores, políticos y periodistas autorizando el cruce de con la base de datos remitida por el organismos de inteligencia”. También solicitaron que se curse a la Justicia el listado -y la evolución- de las causas judiciales que se encuentren con orden de escuchas telefónicas.

En paralelo quieren que las telefónicas remitan todos los números intervenidos para que sean cruzados con la información de la SI sobre las líneas escuchadas.

La polémica por pinchaduras ilegales del propio Estado a través de la SI tiene varios expedientes abiertos en Tribunales. Uno sobre hackeos masivos de cuentas de mail y otro muy conocidas, que está radicado -y sin novedades desde hace mucho tiempo- en el juzgado federal de Zárate-Campana. Allí estudian una central que pinchaba teléfono a funcionarios y dirigentes políticos.

 
Carlos Alberto Da Silva