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viernes, 16 de marzo de 2012

Relatividad Normativa en el Derecho Internacional Contemporáneo: reflexiones sobre el “soft law”

Por Aldana Rohr(*) 

I. Introducción 

El derecho Internacional es un sistema jurídico en constante transformación, y la aparición de nuevos procesos de creación normativa han motivado el replanteamiento de la idea tradicional de que las fuentes del derecho internacional son las enunciadas en el art. 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia y por lo tanto su enumeración, además de no establecer una jerarquía entre ellas, no es exhaustiva. En este contexto es donde se inscribe la temática del llamado “soft law”.- 

La reflexión sobre el soft law abre la puerta hacia una concepción más heterogénea y plural del derecho internacional acorde con las transformaciones del mundo contemporáneo. A pesar de que el derecho internacional, conserva sus principios fundamentales, ha incorporado a su dinámica nuevos actores, nuevos sujetos, ha ampliado su ámbito de aplicación hacia horizontes que hasta hace unos años eran parte del dominio reservado de los Estados.- 

A partir del presente se pretende realizar una aproximación a la naturaleza del soft law, si éste puede constituir una fuente autónoma del Derecho Internacional, y si correspondiere cuál es su alcance normativo, ello a la luz de las características del Sistema Jurídico Internacional Contemporáneo.- 

Si el término es apropiado o conveniente, ambiguo, o confuso es una cuestión que seguirá en debate y que aquí no pretende resolverse.-

Fuente: elDial.com

jueves, 15 de marzo de 2012

Los Fideicomisos Públicos, una innovadora herramienta estatal. Propuesta de su abordaje desde la perspectiva de los Organismos de Control

SUMARIO
RESUMEN 3
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN 5
INTRODUCCIÓN 6
CAPÍTULO I: Delimitación de los aspectos relevantes del Fideicomiso.
1.1- Antecedentes y Marco Normativo. 8
1.2- Definición y Naturaleza Jurídica. 9
1.3- Sujetos, sus particularidades. Obligaciones y responsabilidades. 11
1.4- Características configurativas de la figura. 15
1.5- La Propiedad Fiduciaria. Su Naturaleza. 16
1.6- Tipología de Fideicomisos. 17
1.7- La Extinción del Fideicomiso. 19
CAPÍTULO II: Fideicomiso Público.
2.1- Origen y Evolución. 21
2.2- Conceptualización y Caracteres distintivos. 22
2.3- Marco Legal. 23
2.4- Justificación económico-financiera y social del Fideicomiso Público. 25
CAPÍTULO III: Experiencias de fideicomisos públicos en distintos niveles estatales.
3.1- Ejemplos de aplicación a Nivel Nacional. 27
3.2- Casos de aplicación a nivel de la provincia de Santa Fe. 29
CAPITULO IV: Los Organismos de Control Externo y el tratamiento de los
fideicomisos públicos.
4.1- Normativa sobre el control de la hacienda pública: nivel Nacional y
Provincia de Santa Fe. 32
4.2- Información a presentar por parte de los Fideicomisos como posible
objeto del control. 36
4.3- Fideicomisos Públicos y Organismos de control. Propuestas. 38
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 41
BIBLIOGRAFÍA 44
ANEXO I 45
ANEXO II 48

Artículo completo
Fuente: http://www.tribunaldecuentas.mendoza.gov.ar/

miércoles, 14 de marzo de 2012

El principio de precaución en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

Autor: Bestani de Saguir, Adriana
Publicado: SJA 28/12/2011

SUMARIO:
I. Introducción.- II. "Mendoza, Beatriz S. y otros v. Estado Nacional y otros", 20/6/2006.- III. "Asociación de Superficiarios de la Patagonia v. Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A y otros", 13/7/2004.- IV. "Werneke, Adolfo G. y otros v. Ministerio de Asuntos Agrarios y Producción de la Provincia de Buenos Aires", 14/10/2008.- V. "Salas, Dino y otros v. Provincia de Salta y Estado Nacional", 29/12/2008.- VI. "Schroder, Juan v. INVAP S.E y Estado Nacional", 4/5/2010.- VII. "Asociación Multisectorial del Sur en Defensa del Desarrollo Sustentable v. Comisión Nacional de Energía Atómica", 26/5/2010.- VIII. "Alarcón, Francisco y otro v. Central Dock Sud S.A y otro", 28/9/2010.- IX. Conclusión

Artículo completo

miércoles, 7 de marzo de 2012

El deber ser de la gestión pública: responsabilidad y rendición de cuentas

Miriam M. Ivanega

SUMARIO: I. Delimitación conceptual. II. De la responsabilidad de los funcionarios. III. De la rendición de cuentas. IV. La exigencia de la rendición de cuentas. V. La relación entre la rendición de cuentas y la responsabilidad contable. VI. Nuestra preocupación. VII. Reflexiones finales.

Fuente: Rap Digital

lunes, 5 de marzo de 2012

LEGISLACIÓN ANOTADA: LA LEY N° 4735 DE RÍO NEGRO QUE DECLARA EN DISPONIBILIDAD (PRESCINDIBILIDAD) A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. BREVES REFLEXIONES.

La ley rionegrina anotada en sus artículos 4° y concordantes, al declarar en disponibilidad (prescindibilidad) por el plazo de ciento ochenta días hábiles, al grueso de los empleados públicos provinciales que revisten en la planta permanente, habilitando al Poder Ejecutivo en caso de no poder reubicar o recalificar al empleado en cuestión, a extinguir la relación de empleo público mediante una indemnización sustitutiva, violenta los artículos 14 bis de la Constitución Nacional y 51° de la provincial, los tratados internacionales y la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (in re “Madorrán").

Por Luis Emilio Pravato