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viernes, 27 de julio de 2012

La sociología es un deporte de combate, para descargar


SINOPSIS:
Este documental presenta la vida académica de Pierre Bourdieu, en sus diferentes facetas: profesor, escritor, ponente y ciudadano de a pie, mostrando todos los aspectos que lo convirtieron en uno de los sociólogos más importantes de la actualidad. “Mi deseo al empezar a rodar esta película consistía en explicar, a través de la obra de Pierre Bourdieu, por qué conviene desconfiar de las apariencias, de las evidencias, del sentido común, de todo lo que los medios y, en especial, la televisión nos presentan como algo natural...El filme no pretende mostrar cómo un pensador va forjando un concepto sino compartir con los demás como fui descubriendo partes de una obra de construcción ya avanzada y cómo me sirvió para ahondar en mi propia comprensión del mundo” (Pierre Carles, Director).
Fuente info: http://www.fceb.org/

Links (3, rmvb, V.O.S.E.):

jueves, 26 de julio de 2012

Proyección de los principios generales al acto administrativo

Voces: ACTO ADMINISTRATIVO ~ DERECHO ~ DERECHO PUBLICO ~ MORAL Y BUENAS COSTUMBRES ~ ORDENAMIENTO NORMATIVO ~ PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO ~ DERECHOS HUMANOS ~ DERECHO A LA DIGNIDAD ~ PRINCIPIO PRO HOMINE ~ TUTELA JUDICIAL EFECTIVA ~ GARANTIAS CONSTITUCIONALES ~ INTERPRETACION ~ FACULTADES DE LOS JUECES ~ CONSTITUCIONALISMO SOCIAL ~ FILOSOFIA DEL DERECHO ~ VERDAD JURIDICA MATERIAL ~ DERECHO ADMINISTRATIVO ~ TRATADO INTERNACIONAL ~ PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA

Autor: Cassagne, Juan Carlos
Publicado en: LA LEY 18/06/2012, 18/06/2012, 1

Sumario: I. El nuevo escenario.- II. La estructura del ordenamiento.- III. El papel de los principios generales.- IV. Los paradigmas del derecho público y su proyección al acto administrativo.- V. Los nuevos paradigmas.- VI. Reflexiones finales.

Abstract: Es y seguirá siendo un problema de la limitación del poder para hacerlo compatible con los derechos humanos básicos, entre los que cuentan no sólo los nuevos derechos colectivos y los derechos sociales de segunda generación, cuya primacía algunos pretenden imponer, sino, también, los derechos de la persona individual que hacen a su libertad y a sus necesidades materiales y espirituales, como la propiedad y la igualdad

miércoles, 25 de julio de 2012

La lotería de los derechos




















JUAN PABLO BOHOSLAVSKY (*)

La familia entera se agolpa frente al televisor. Corazones a mil. Los padres hacen cuentas ambiciosas en el aire mientras siguen a Riverito deseando que cante el número mágico que les permita acceder a un préstamo para construir la primera vivienda familiar.

¿Es el sorteo un método legítimo para que el Estado defina a quiénes se les deja de violar el derecho a acceder a una vivienda digna y quiénes deben seguir participando (y esperando)?

Es cierto, los recursos estatales son limitados, pero no existe conexión lógica ni axiológica entre ese dato financiero y el sistema de sorteo. Por el contrario, debería ponerse un mayor empeño en identificar y ranquear crediticiamente a aquellos que más necesiten la vivienda entre todos los que la necesitan. Para ello, pueden utilizarse criterios ordenadores tales como cantidad de integrantes de la familia, discapacidad, edad, ingresos familiares, etcétera.

Para el caso del Procrear, no ser propietario de un terreno no funcionó como un criterio para priorizar la concesión del crédito sino para su exclusión del primer sorteo. Y recién después de excluir a los más pobres (los que no tienen vivienda ni terreno) fueron aplicados criterios de justicia distributiva para estratificar a los más pobres entre los poseedores de terrenos, pero como la cantidad de préstamos es limitada finalmente se asignaron por sorteo.

En el pensamiento igualitario todos merecemos tener las mismas oportunidades de lograr aquello que queremos en la vida. La justicia distributiva aspira a compensar a los individuos por sus desgracias económicas o sociales: tiende a reducir la influencia de la suerte bruta en la distribución. La lotería de los derechos básicos es un método arbitrario para identificar a los ciudadanos que son rescatados de la desgracia, al igual que lo es la naturaleza como criterio asignador de recursos.

Quien considere que el sistema de sorteo es un método legítimo de asignación de derechos debería estar dispuesto a aceptar, por ejemplo, que se rifen los tratamientos oncológicos disponibles pero en cantidades limitadas. ¿Estaríamos dispuestos a aceptar participar en esa rifa sin saber de antemano si, estando enfermos, tendremos un billete ganador?

El sistema de sorteo también banaliza y sustrae el contenido normativo del derecho en juego, que es exigible según la Constitución nacional y el derecho internacional de los derechos humanos. Todo esto recuerda aquel programa de televisión, en plena crisis del 2002-2005, que proponía a sus participantes un premio notable: un contrato de trabajo. Los ganadores saltaban de la alegría, la suerte finalmente les sonreía: podían trabajar. La violación de derechos transformada en un show. Finalmente, el sorteo contradice la solidaridad que debe latir en los programas de créditos habitacionales de contenido concesional: sólo se salva el que tiene suerte.

Probablemente todos los solicitantes de los préstamos lo necesiten, pero algunos más que otros. Con el sistema de sorteo, ese factor, en el que se enraíza profundamente la justicia distributiva, resulta indiferente. Y a quienes sí son sorteados les harán creer (para eso la estética Riverito sonriente) que se trató de un golpe de suerte y no de un derecho exigible.

¿El Estado argentino podría garantizar que las asignaciones de créditos se realizarían, efectiva y cabalmente, mediante criterios objetivos y sin incurrir en arbitrariedades, o al final de cuentas la solución más realista (y justa) es el azar? Es difícil saberlo. Por eso, ante la duda, habría que asignar derechos constitucionales basándose de manera irrestricta en coeficientes de necesidad y su correlativo merecimiento, no rifando préstamos.

PD: la semana pasada la municipalidad cordobesa de Bialet Massé sorteó a qué empleados les deposita el sueldo, debiendo el resto esperar a que mejore la recaudación.

(*) Magíster en Derecho Empresario y doctor en Derecho

Fuente: www.rionegro.com.ar Edición del martes 24 de julio de 2012

lunes, 23 de julio de 2012

CALL FOR PAPERS


MAX PLANCK INSTITUTE
FOR COMPARATIVE PUBLIC LAW AND 
INTERNATIONAL LAW

Debt and Financial Regulation in Reaction to the Crisis:
Legal Perspectives on Recent Transformations of Public
Authority

Workshop: Heidelberg, 29 November 2012

The ongoing financial and subsequent debt crisis has had an immense impact on financial regulation. The response in regulation mirrors trends in global and European governance which emerged in the last decades. While states still play an important role, their authority is complemented and transformed by international and supranational bodies. Institutions like the G20, the IMF, the Basel Committee, UNCTAD, or the European Union take the lead in both short and long term responses to the crisis. These bodies shape policy in more and more areas, ranging from fiscal policy to the resolution of insolvent banks. At the same time, they make use of new instruments in order to coordinate the crisis response, such as voluntary principles and guidelines, indicators, peer reviews, stress tests, and else.

The purpose of the workshop is to track these transformations and assess them from the perspective of legal scholarship. They raise pressing questions concerning their legality under domestic, European and international law, their legitimacy and effectiveness, the responsibility of states and international institutions, their consequences for distributive justice or legal and political integration in Europe and beyond. The workshop aims at bringing together analyses covering a broad range of issues in debt and financial regulation as well as of methodological approaches. We believe that such a broad view is necessary in order to explore the potential of legal scholarship for the understanding and conceptualization of the ongoing transformations, as well as for the formulation of responses to the questions raised.

We invite junior and senior researchers in law and related fields to submit proposals for presentations focusing on post-crisis transformations of financial regulation. The idea to carry out this workshop arises from the project on the exercise of international public authority carried out at the Max Planck Institute in Heidelberg. However, the workshop is by no means limited to presentations following this strand of research, or critically engaging with it. Rather, we welcome contributions approaching debt and financial regulation from any theoretical, empirical, doctrinal, interdisciplinary or other perspective. The following is a non-enumerative list of suggestions:

- How to legally conceptualize the austerity measures imposed on Euro area Member States? Are they legitimate exercises of public authority? Which effect does the strengthened European economic governance have on sovereignty, fundamental rights or labor rights?

- How to legally conceptualize international efforts to restructure sovereign debt and strengthen fiscal discipline? Are they legitimate exercises of authority? Do they respect human rights? Do the UNCTAD Principles on Promoting Responsible Sovereign Lending and Borrowing strike an equitable balance among the diverging interests in matters of sovereign debt? How could their effectiveness be enhanced?

- How to legally conceptualize the transformations in bank regulation? Are informal instruments such as the revised Basel Accord, recommendations or stress tests legitimate exercises of public authority? Which conflicts might emerge from new regulation such as CRD IV or the rules for rating agencies?

- How does the interplay between international, European and domestic regulators, supervisors, and central banks work? Should financial supervisors be independent? How could systemic supervision be enhanced? How should policy-makers and regulators respond to public opposition such as the Occupy movement?

The Conference will take place on Thursday, 29 November 2012 at the Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law in Heidelberg, Germany. Travel and accommodations costs will be reimbursed for participants.

Proposals  for presentations not exceeding 500 words should be sent via e-mail to Matthias Goldmann and Carlino Antpöhler at regulation@mpil.de by 15 September 2012. Applicants are requested to indicate whether they intend to submit a paper (> 5,000 words), a short paper (< 5,000 words), or to make a presentation based on an exposé, outline, or power point presentation. Successful applicants will be informed by 30 September 2012. Papers must be submitted by 15 November 2012. Each presentation will be commented on by a renowned scholar or practitioner.

Organization: Professor Dr. Armin von Bogdandy, Matthias Goldmann and Carlino Antpöhler, Max Planck Institute for Comparative Public Law and International Law, Im Neuenheimer Feld 535, 69120 Heidelberg, Germany, +49 6221 482 1, regulation@mpil.de.

For more information about the project on the exercise of international public authority see  http://www.mpil.de/ww/de/pub/forschung/forschung_im_detail/projekte/voelkerrecht/ipa.cfm

domingo, 22 de julio de 2012

BAFICI 2012: "El último Elvis" de Armando Bo, para descargar


SINOPSIS:
Carlos Gutiérrez es el último Elvis. No sólo porque es el Elvis del cono sur. Es también el último Elvis, el del final, alejado de su plenitud física, excedido de peso, sudoroso, malhumorado. Pero también apasionado y con absoluto manejo de su histrionismo. Carlos trabaja en una fábrica, y también trabaja de imitador de Elvis en casamientos y otros eventos. Pero Carlos no es el obrero, ni siquiera es Carlos: es Elvis. Come lo que comía Elvis, en su televisión no hay otra opción que conciertos del Rey, vive la admiración y la personificación como obsesión inquebrantable. Carlos también es un padre separado, y tiene una hija llamada, por supuesto, Lisa Marie. Carlos tiene planes. Y también está la realidad. La ópera prima de Armando Bo presenta un personaje y un actor inolvidables, y una remarcable seguridad narrativa que se anima a la emoción profunda y no por eso menos pudorosa. No hay muchas películas como El último Elvis, en las que un debutante se anime con semejante aplomo a tantos temas cruciales
Fuente de la info: www.bafici.gov.ar


Links (1, avi, V.O.):
http://depositfiles.com/files/znl18ffxs
Fuente del link: PATIODEBUTACAS.org