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jueves, 19 de enero de 2012

La evaluación del desempeño de los agentes públicos

Voces: EMPLEO PUBLICO ~ EMPLEADO PUBLICO ~ CARRERA ADMINISTRATIVA ~ ADMINISTRACION PUBLICA ~ IGUALDAD ANTE LA LEY ~ PUBLICACION DEL ACTO ADMINISTRATIVO ~ PRINCIPIO DE IGUAL REMUNERACION POR IGUAL TAREA ~ LEY NACIONAL DE EMPLEO ~ ASOCIACION SINDICAL DE TRABAJADORES ~ SISTEMA REPRESENTATIVO REPUBLICANO Y FEDERAL ~ ESTADO NACIONAL ~ PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURIDICA 

Autor: Barraza, Javier Indalecio 
Publicado en: LA LEY 19/01/2012, 19/01/2012, 1 

I. El apartamiento al régimen general.- II. El procedimiento de evaluación.- III. Del período de evaluación y los plazos.- IV. Los aspectos de la evaluación.- V. Los objetivos, metas y resultados.- VI. La evaluación por equipos y la autoevaluación.- VII. La precalificación y calificación.- VIII. La entrevista personal.- IX. Las distintas calificaciones.- X. El evaluador y la doctrina de facto.- XI. ¿Quién evalúa al evaluador? 

Abstract: La gran falencia de los gerenciadores estatales es el liderazgo, si se les preguntara a aquéllos sobre su significado, cómo se conduce un grupo y cómo se motiva al personal, la respuesta sería el desconocimiento. Lo primero que hace un jefe de una organización administrativa es controlar el horario y la permanencia del personal en el lugar físico. Esto es un derroche de tiempo y energía, pues el mundo avanza hacia el teletrabajo, a estructuras fluidas, dinámicas y cambiantes producto de la globalización e Internet, no obstante se sigue propiciando esta práctica del siglo XIX.

viernes, 24 de septiembre de 2010

EL (DES) CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Por MARIO REJTMAN FARAH

SUMARIO: 1. Nada nuevo bajo el sol. 2. Controles y auditorías. Algunas debilidades. 3. Los controles parlamentarios. 4. Recomendaciones desoídas.

1. Nada nuevo bajo el sol

Los problemas que plantea en nuestro país el control de la Administración Pública no son una cuestión demasiado novedosa y numerosos trabajos se han ocupado de identificarlos y, en algunos casos, efectuar aportes al debate que desde antaño se da en torno a este tema.1

Como afirmara hace alrededor de 25 años AGUSTÍN GORDILLO, “no obstante los esfuerzos dedicados a instituir y fortalecer los mecanismos tradicionales y más conocidos de control administrativo, existen numerosas causas por las cuales en general no responden plenamente a los objetivos para los cuales fueron concebidos.”2

Los últimos tiempos muestran una renovada preocupación sobre las consecuencias que se derivan de la falta de control y, posiblemente, se haya generado una mayor conciencia social respecto de esta cuestión y su incidencia como tema central a la hora de poner en marcha mecanismos que contribuyan a asegurar la legalidad del obrar estatal.3


Carlos Alberto Da Silva