"La República Argentina adhirió a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967 y desde entonces asumió compromisos internacionales en materia de protección de refugiados.
En diciembre de 2006, adoptó la primera ley de refugiados, la Ley Nº 26.165 –Ley General de Reconocimiento y Protección al Refugiado–, que derogó el marco normativo vigente, el Decreto 484/1985, y creó una nueva Comisión encargada de analizar y evaluar las peticiones de asilo que se interpongan en el territorio: la Comisión Nacional para Refugiados (CONARE).
Hasta la conformación de la CONARE, el órgano de determinación de la condición de refugiado era el Comité de Elegibilidad para Refugiados (CEPARE) creado en el año 1985 por Decreto Nº 464/1985. Desde su creación, el CEPARE recibió más de once mil solicitudes de asilo de más de cincuenta nacionalidades distintas, habiendo reconocido la condición de refugiado en 3057 casos. Tal como se destaca en la información estadística (link al ppt), en los últimos cinco años el CEPARE reconoció como refugiados a 909 extranjeros provenientes mayoritariamente de países latinoamericanos y varios países africanos.
La determinación de la condición de refugiado es un acto humanitario y apolítico. El reconocimiento de dicha condición no comporta, de parte de las autoridades, un juicio respecto al país de origen del refugiado.
La Ley Nº 26.165 implica un avance normativo significativo en la protección de solicitantes de asilo y refugiados, la cristalización de buenas prácticas y estándares en los procesos de asilo que ya se venían desarrollando, así como un nuevo marco jurídico-institucional para la promoción y adopción de políticas públicas.
La CONARE es un organismo interministerial que opera en el ámbito del Ministerio del Interior. Está integrada por los Ministerios de Interior; Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; Desarrollo Social; y del Instituto Nacional contra la Discriminación (INADI). Participan con voz y sin voto un representante de la sociedad civil así como el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR).
La Ley 26.165 crea también la Secretaría Ejecutiva encargada, entre otras cosas, de instruir el expediente y elaborar un informe técnico no vinculante sobre cada caso que sirve de sustento a la decisión que la CONARE adopte. La Secretaría funciona en el ámbito de esta Dirección Nacional de Migraciones. Para más información, acceda a la Guía de información para solicitantes de asilo y refugiados."
Fuente:http://www.mininterior.gov.ar/
En la entrada, los ejes del despacho de la CONARE sobre la solicitud de asilo político de APABLAZA GUERRA.
En la entrada, los ejes del despacho de la CONARE sobre la solicitud de asilo político de APABLAZA GUERRA.
Carlos Alberto Da Silva