Etiquetas

acceso a internet acceso a la información acto administrativo amparo análisis económico del derecho antidiscriminación audiencia pública bafici china comisión interamericana de derechos humanos contratos administrativos control de constitucionalidad control de convencionalidad control público convención americana de derechos humanos convención interamericana contra la corrupción corrupción corte interamericana de derechos humanos cuentas públicas debido proceso decretos de necesidad y urgencia delitos contra la administración pública Derecho a la intimidad derecho a la protesta derecho a la salud Derecho a la Vida derecho a la vivienda digna derecho administrativo derecho administrativo global derecho administrativo sancionador derecho al agua derecho ambiental derecho comparado derecho constitucional derecho de gentes derecho electoral derecho internacional derecho parlamentario derecho procesal constitucional derecho público provincial derechos de la mujer derechos de las personas con discapacidad derechos de los pueblos originarios derechos humanos DESC deuda pública discriminación economía empleo público entes reguladores ética pública fideicomiso público filosofía funcionario público globalización inmunidades parlamentarias insolvencia soberana juicio de cuentas juicio de responsabilidad juicio político libertad de expresión literatura participación ciudadana política argentina política internacional procedimiento administrativo publicidad oficial responsabilidad corporativa responsabilidad del estado responsabilidad del funcionario público servicios públicos transparencia violación de los deberes de funcionario público

martes, 14 de junio de 2011

Los principios y valores como fuente del derecho administrativo

Por Pedro J. J. Coviello

INTRODUCCIÓN

La clásica distinción entre fuentes materiales y formales se ha mostrado, en nuestra materia, de poca trascendencia. En efecto, si se pretende tener una posición netamente normativista del derecho, entendido como positivo, es cierto que la distinción puede ser de mucha utilidad para sus corifeos, puesto que servirá para desbrozar en su entidad a todo lo ajeno a la positividad de las fuentes esgrimida por toda escuela limitada a tal marco de estudio jurídico (que no sólo debe entenderse la sostenida por el eminente jurista que fue Kelsen, cuyos méritos académicos y democráticos son indiscutibles)1.

Por ello, cobra relevancia en el tema la posición del profesor Carlos Cossio, quien atemperando aquella distinción y llevando el punto a “la fuerza de convicción que ha de tener toda resolución de un caso jurídico”, propone un criterio unificador en cuanto a las fuentes2. De tal manera, la noción de fuerza de convicción aparecía como fuente única. Obsérvese que el gran jurista tucumano señalaba con acierto que era común que los jueces dictaran resoluciones basándose en razones axiológicas que no se atrevían a expresar porque, “según la confesión de ellos”, no serían razones jurídicas; y, precisamente, el jurista apuntaba que con la solución que él proponía “tales argumentos judiciales son totalmente jurídicos y por eso son connaturalmente tribunalicios”3.

Bajo esa óptica, entonces, es que se estudiará el tema propuesto y se mostrará –según pretendo– la importancia que tienen los principios y los valores como fuente en nuestra materia (y del derecho en general, por cierto)4.



No hay comentarios:

Publicar un comentario