Etiquetas

acceso a internet acceso a la información acto administrativo amparo análisis económico del derecho antidiscriminación audiencia pública bafici china comisión interamericana de derechos humanos contratos administrativos control de constitucionalidad control de convencionalidad control público convención americana de derechos humanos convención interamericana contra la corrupción corrupción corte interamericana de derechos humanos cuentas públicas debido proceso decretos de necesidad y urgencia delitos contra la administración pública Derecho a la intimidad derecho a la protesta derecho a la salud Derecho a la Vida derecho a la vivienda digna derecho administrativo derecho administrativo global derecho administrativo sancionador derecho al agua derecho ambiental derecho comparado derecho constitucional derecho de gentes derecho electoral derecho internacional derecho parlamentario derecho procesal constitucional derecho público provincial derechos de la mujer derechos de las personas con discapacidad derechos de los pueblos originarios derechos humanos DESC deuda pública discriminación economía empleo público entes reguladores ética pública fideicomiso público filosofía funcionario público globalización inmunidades parlamentarias insolvencia soberana juicio de cuentas juicio de responsabilidad juicio político libertad de expresión literatura participación ciudadana política argentina política internacional procedimiento administrativo publicidad oficial responsabilidad corporativa responsabilidad del estado responsabilidad del funcionario público servicios públicos transparencia violación de los deberes de funcionario público

lunes, 11 de julio de 2011

La responsabilidad del Estado por omisión, 13 años después

Por Gustavo Sa Zeichen(*)
“Alguna vez nos deja pensativos la
sensación de haber vivido ya ese momento”
Jorge L Borges. Historia de la Eternidad.-

“Cada derecho acorado por la Constitución impone un deber,
y el primero de todos es hacernos dignos de la libertad, de la igualdad y de la seguridad que nuestra Ley Fundamental nos asegura a todos.”
Juan María Gutiérrez. Catecismo de la Constitución de la república Argentina.-


I.- Introducción.-
Hace 13 años, en ocasión de finalizar los estudios para optar por el título de magíster en derecho administrativo de la Universidad Austral, tuvimos ocasión de elaborar nuestra tesina final acerca de un tema que -en ese entonces (1997)-, era aún incipiente, tratándose de los primeros años de la denominada “reforma del Estado”[1]. Allí deslizábamos algunos pensamientos acerca de la responsabilidad del Estado por omisión –cuestión que había ya despertado el interés de algunos doctrinarios-, aunque acotando el análisis a la interesante cuestión de los entes reguladores de servicios públicos.-

Allí remarcábamos largo y sinuoso camino de evolución de la materia de la responsabilidad del Estado, y sosteníamos que como un último paso en este desarrollo podía mencionarse el reconocimiento de la responsabilidad del Estado por omisión.-

El objeto del presente –dentro de su acotado marco-, es analizar brevemente la evolución de la responsabilidad del Estado por omisión en nuestro país –en general, saliéndonos ya del específico tema de los entes reguladores-, enfocándonos básicamente en sus presupuestos y analizando cuál ha sido el posicionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los últimos años respecto de algunos de los principales puntos de análisis que surgen de la temática y, asimismo, hacer un breve seguimiento de algunas de las pautas sentadas por la doctrina en dicho periodo.-

Artículo: https://docs.google.com/document/d/1Y0guPHDtL3eOpRgGx8Q3jBssNPryu9REPiSnQV0dp9E/edit?hl=es

Fuente: http://www.eldial.com.ar/

1 comentario:

  1. Anónimo19/4/12

    muy buen articulo.
    Al fin alguien que no repite como loro citas de libros

    ResponderEliminar