Etiquetas

DESC Derecho a la Vida Derecho a la intimidad acceso a internet acceso a la información acto administrativo amparo antidiscriminación análisis económico del derecho audiencia pública bafici china comisión interamericana de derechos humanos contratos administrativos control de constitucionalidad control de convencionalidad control público convención americana de derechos humanos convención interamericana contra la corrupción corrupción corte interamericana de derechos humanos cuentas públicas debido proceso decretos de necesidad y urgencia delitos contra la administración pública derecho a la protesta derecho a la salud derecho a la vivienda digna derecho administrativo derecho administrativo global derecho administrativo sancionador derecho al agua derecho ambiental derecho comparado derecho constitucional derecho de gentes derecho electoral derecho internacional derecho parlamentario derecho procesal constitucional derecho público provincial derechos de la mujer derechos de las personas con discapacidad derechos de los pueblos originarios derechos humanos deuda pública discriminación economía empleo público entes reguladores fideicomiso público filosofía funcionario público globalización inmunidades parlamentarias insolvencia soberana juicio de cuentas juicio de responsabilidad juicio político libertad de expresión literatura participación ciudadana política argentina política internacional procedimiento administrativo publicidad oficial responsabilidad corporativa responsabilidad del estado responsabilidad del funcionario público servicios públicos transparencia violación de los deberes de funcionario público ética pública
Mostrando entradas con la etiqueta control público. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta control público. Mostrar todas las entradas

lunes, 21 de mayo de 2012

CRISIS DEL CONTROL PÚBLICO, ¿REFLEJO DE LA CRISIS DEL SISTEMA REPUBLICANO DE GOBIERNO?

Por Sandra Eizaguirre

SUMARIO: I. Introducción. II. Formas del control público. III. El control de la Administración pública. IV. El control público nacional. V. El control público en las Provincias. VI. La crisis del control público: una aproximación. VII. Conclusiones.

I. Introducción.

La Constitución de la Nación Argentina dispone en su Artículo 1º que la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal.

Como característica fundamental, entonces, que caracteriza a nuestro país, y podemos decir, a todos los países de América Latina, tenemos a la forma republicana de gobierno, que está basada en la división, control y equilibrio de los Poderes y tiene como fin último la garantía de las libertades individuales. Los principios que la inspiran son: Constitución escrita, separación de Poderes, elegibilidad de los funcionarios, periodicidad de los mandatos, responsabilidad de los funcionarios, publicidad de los actos de gobierno y existencia de partidos políticos.

El objetivo detrás de estos caracteres es la transparencia en el manejo de la cosa pública y la posibilidad del control social de los funcionarios.

En este diseño, la división de Poderes y el control recíproco entre ellos, resulta, así, una manera fundamental de mantener el equilibrio del poder, evitando la cooptación de uno por alguno de los otros.

Sin embargo, como nos recuerda Brewer Carías1, es la Administración pública la que constituye, por excelencia, el instrumento de toda acción política del Estado, ya que los organismos que la constituyen tienen como función asegurar la concreta ejecución de los objetivos de la sociedad.

Es por eso, y por la concreta utilización que hace de los dineros públicos, que el Poder Ejecutivo es el poder del Estado que recibe la mayor atención a la hora de los controles, lo que permitiría a la sociedad, en principio, conocer la real inversión del presupuesto y, eventualmente, castigar sus desvíos.

En este trabajo trataré de volver al principio: analizar el por qué y el para qué del control, y qué se debe hacer (y qué pasa en la realidad) con las conductas antijurídicas detectadas.

Analizaremos, entonces, cuáles son los controles previstos en el sistema, cómo funcionan, y si verdaderamente permiten la realización de los ideales de la forma republicana de gobierno.

jueves, 15 de marzo de 2012

Los Fideicomisos Públicos, una innovadora herramienta estatal. Propuesta de su abordaje desde la perspectiva de los Organismos de Control

SUMARIO
RESUMEN 3
METODOLOGÍA DE INVESTIGACIÓN 5
INTRODUCCIÓN 6
CAPÍTULO I: Delimitación de los aspectos relevantes del Fideicomiso.
1.1- Antecedentes y Marco Normativo. 8
1.2- Definición y Naturaleza Jurídica. 9
1.3- Sujetos, sus particularidades. Obligaciones y responsabilidades. 11
1.4- Características configurativas de la figura. 15
1.5- La Propiedad Fiduciaria. Su Naturaleza. 16
1.6- Tipología de Fideicomisos. 17
1.7- La Extinción del Fideicomiso. 19
CAPÍTULO II: Fideicomiso Público.
2.1- Origen y Evolución. 21
2.2- Conceptualización y Caracteres distintivos. 22
2.3- Marco Legal. 23
2.4- Justificación económico-financiera y social del Fideicomiso Público. 25
CAPÍTULO III: Experiencias de fideicomisos públicos en distintos niveles estatales.
3.1- Ejemplos de aplicación a Nivel Nacional. 27
3.2- Casos de aplicación a nivel de la provincia de Santa Fe. 29
CAPITULO IV: Los Organismos de Control Externo y el tratamiento de los
fideicomisos públicos.
4.1- Normativa sobre el control de la hacienda pública: nivel Nacional y
Provincia de Santa Fe. 32
4.2- Información a presentar por parte de los Fideicomisos como posible
objeto del control. 36
4.3- Fideicomisos Públicos y Organismos de control. Propuestas. 38
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 41
BIBLIOGRAFÍA 44
ANEXO I 45
ANEXO II 48

Artículo completo
Fuente: http://www.tribunaldecuentas.mendoza.gov.ar/

miércoles, 1 de febrero de 2012

Los nuevos desafíos del control Público

Por CPN Cristian Fernando Kathrein y CPN Adriana Noemí Caballero

Los nuevos desafíos:

*Control de los Programas sociales

*Control de los Sistemas de Información

*Control Ambiental

*Control de la Deuda Pública

Artículo completo

jueves, 22 de diciembre de 2011

Efectividad del control en la lucha contra la corrupción

Autor: Miriam M. Ivanega


Palabras Clave: Corrupción, Calidad de la organización pública, Prácticas administrativas, Transparencia pública, Ética y política, Derecho a la no corrupción, Pautas de la función pública, Idoneidad, Servicio a la colectividad, Interés público, Conducta de los agentes públicos, Principios éticos comunes, Intereses particulares, Desviación del poder, Decreto Nº 1.023/01, Ley Nº 25.188, Contratos administrativos, Deberes y pautas del comportamiento ético, Incompatibilidades, Control público, Ley Nº 24.156.


Resumen: La corrupción es global y perenne, configura un elemento negativo y destructivo a la vez y constituye un asunto de resonante tratamiento en cualquier forma de ejercicio del poder. 
Al analizar la estructura y distribución de poder, se expone que el poder no es anhelado sólo para fines de enriquecimiento económico, sino que a su vez es el poder en sí mismo lo que se codicia.
El ejercicio de la función pública es una de las misiones más nobles dentro del plano democrático cuyo propósito sustancial es guiar el destino de los estados para lo cual deviene necesario, adoptar las políticas públicas apropiadas que busquen el desarrollo de los ciudadanos con vistas a alcanzar los intereses públicos y por ende, un afianzamiento del bien común.

Artículo completo
Fuente: www.revistarap.com.ar

viernes, 11 de noviembre de 2011

El control de la Administración Pública Nacional por las provincias

Por Fernando M. Lagarde
I. INTRODUCCIÓN.-
II. CLASIFICACIÓN DE LOS CONTROLES.-
III. DESARROLLO DE CADA UNO.-
3.1. CONTROL INTRAJURISDICCIONAL.-
3.1.1. INSERCIÓN DE REPRESENTANTES PROVINCIALES EN LA PROPIA ADMINISTRACIÓN NACIONAL.-
3.1.1.1. LOS ENTES REGULADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS.-
3.1.1.2. LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.-
3.1.1.3. EL BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.-
3.1.2. INSERCIÓN DE REPRESENTANTES PROVINCIALES EN ÓRGANOS NACIONALES QUE NO INTEGRAN LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL.-
3.1.2.1. EN EL CONGRESO NACIONAL: EL SENADO.-
3.1.2.1.1. LOS ACUERDOS PARA LA DESIGNACIÓN DE FUNCIONARIOS NACIONALES.-
3.1.2.1.2. CÁMARA DE ORIGEN.-
3.2. CONTROL INTERJURISDICCIONAL.-
3.2.1. LOS ENTES INTERJURISDICCIONALES: ALGUNOS EJEMPLOS
3.2.1.1. EL CONSEJO FEDERAL DE RESPONSABILIDAD FISCAL.-
3.2.1.2. LA COMISIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS.-
IV. CONCLUSIÓN.


viernes, 21 de octubre de 2011

Transferencias transparentes. Herramientas para la evaluación y la promoción de la transparencia.

Autora: Sabrina Ayub
Palabras clave: Acceso a la información pública, Accountability, Administración pública, Corrupción, Subsidios
Año: 2011

Este manual tiene como objetivo contribuir al diseño, implementación y seguimiento de los subsidios que otorgan los Estados a terceros –ya sean personas físicas o jurídicas–. Las transferencias de fondos públicos que realizan los organismos públicos por estos conceptos implican una importante erogación del presupuesto público que exige el establecimiento de reglas claras y transparentes para su asignación, apertura de la información sobre su implementación y un seguimiento activo por parte de los organismos de control y de toda persona que tenga interés en conocer detalles de este ámbito de la gestión pública.

Manual: https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=explorer&chrome=true&srcid=0BzsbMiDsvU4bZjU3MWFmZGItMjE5Mi00MmVjLTgyOTYtNDg0MzY2MjE1Y2U3&hl=es

Fuente: www.cippec.org

martes, 23 de agosto de 2011

Concepto, clasificación y contenido del control público

Por Miriam Ivanega

I. El control público
 
El control es una función del Estado; no es ajena a él, sino que, por el contrario, se forma desde y para la organización estatal.
Posee un fundamento democrático, pues la sociedad entrega al Estado una parte de sus recursos para que los administre y los utilice en la obtención de bienes y servicios que satisfagan los intereses comunitarios1.
Pero además, el control es necesario para los procesos de toma de decisiones: es esencial en la determinación de las políticas públicas, pues el responsable de fijarlas debe contar con información precisa para diseñar los objetivos, procedimientos y técnicas y, por supuesto, evaluar las necesidades de la sociedad.
Es así como encuentra sustento en el propio Estado de Derecho, siendo el medio más eficaz y directo para lograr que la Administración en su conjunto cumpla con sus objetivos.
Cuando se controla, se está realizando una verificación crítica de conformidad o disconformidad a cierto patrón, pudiendo incluir la valuación de las respectivas causas y consecuencias, con eventual revisión o ajuste de los programas o de los objetivos de la acción controlada. No hay control sin un análisis y una valuación crítica que podrán o no determinar una revisión o adaptación de la actividad controlada (objeto de control)2.



jueves, 28 de julio de 2011

El ejercicio del derecho de acceso a la información pública para una mayor transparencia en el control de la hacienda estatal

Mariana Sánchez Caparrós

SUMARIO: I. Introducción. II. El principio de transparencia en el ejercicio del control de fondos públicos. III. Los resultados del control constituyen información pública amparada por el derecho de acceso a la información. IV. Conclusiones.

I. Introducción.
Este breve trabajo tiene por objeto analizar cómo el ejercicio del derecho de acceso a la información pública contribuye al logro de una mayor transparencia en la labor de control de la hacienda estatal, que llevan adelante los órganos de control externo e interno encargados de esta tarea.

En este orden de ideas, y dado que la amplitud del tema que nos ocupa nos permitiría enfocarlo desde diversas aristas, he delimitado este trabajo al examen del vínculo existente entre el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y la transparencia que debe reflejarse en la etapa final del control público, esto es, en la etapa del resultado o producto del control.

A este fin, resulta de suma utilidad lo enseñado por el Dr. Guillermo Comadira, quien propicia efectuar una útil división de este proceso en dos grandes etapas: (i) la primera de ellas la constituye esa parte del proceso que va desde la planificación general, es decir, el desarrollo del plan de acción en el que se definen los aspectos que serán sometidos al control, al desarrollo de los procedimientos específicos para ejecutar esa planificación; y (ii) la segunda etapa, que particularmente es la que ha convocado mi interés, es el resultado o producto de ese control1.



viernes, 24 de septiembre de 2010

EL (DES) CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Por MARIO REJTMAN FARAH

SUMARIO: 1. Nada nuevo bajo el sol. 2. Controles y auditorías. Algunas debilidades. 3. Los controles parlamentarios. 4. Recomendaciones desoídas.

1. Nada nuevo bajo el sol

Los problemas que plantea en nuestro país el control de la Administración Pública no son una cuestión demasiado novedosa y numerosos trabajos se han ocupado de identificarlos y, en algunos casos, efectuar aportes al debate que desde antaño se da en torno a este tema.1

Como afirmara hace alrededor de 25 años AGUSTÍN GORDILLO, “no obstante los esfuerzos dedicados a instituir y fortalecer los mecanismos tradicionales y más conocidos de control administrativo, existen numerosas causas por las cuales en general no responden plenamente a los objetivos para los cuales fueron concebidos.”2

Los últimos tiempos muestran una renovada preocupación sobre las consecuencias que se derivan de la falta de control y, posiblemente, se haya generado una mayor conciencia social respecto de esta cuestión y su incidencia como tema central a la hora de poner en marcha mecanismos que contribuyan a asegurar la legalidad del obrar estatal.3


Carlos Alberto Da Silva