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jueves, 14 de febrero de 2013

TASAS MUNICIPALES: TASA DE INSPECCION POR SEGURIDAD E HIGIENE

Por Gustavo M. Gelosi

SUMARIO: I. Introducción. II. Concepto. III. ¿Impuesto, servicio público, actividad inherente al Estado o ejercicio del poder de policía?. IV. Del Hecho Imponible. V. Prestación concreta, efectiva e individualizada del servicio. VI. ¿Razonable equivalencia entre el costo del servicio y la tasa?. VII. Acerca del convenio multilateral. VIII. Conclusión.

I.- INTRODUCCIÓN

En esta oportunidad nos pareció de vital interés abordar el tema expuesto en el epígrafe dado que, en los tiempos actuales, y luego de que transcurrieran más de veinte años de la sanción de la Ley de Coparticipación Federal, los municipios en su gran mayoría, se sienten ávidos de generar mayor cantidad de recursos para hacer frente a las demandas que la sociedad actual les impone.

Tal circunstancia resulta ser el fiel reflejo del incremento exponencial que ha sufrido la demanda de mayores y mejores servicios como consecuencia del rápido crecimiento de las ciudades, aumentándose con ello la necesidad de contar con los recursos suficientes para afrontar los cambios que se producen a diario, como así también, del propio proceso de descentralización y desconcentración administrativa que vienen sufriendo los estamentos estaduales como nueva forma de hacer frente a las contingencias de la vida cotidiana, además de la concentración y centralización de los recursos financieros en manos del Estado Nacional, entre otros problemas que se presentan, hacen que los municipios deban agudizar sus herramientas y el ingenio para aumentar la recaudación con el objeto de sobreponerse a tales desavenencias.

Los problemas reseñados y, los medios de los que se valen los entes municipales para conseguir los recursos necesarios para afrontarlos, hacen que pongamos especial énfasis en el tema que nos convoca esta oportunidad dado que -bajo tales exigencias- adquiere vital importancia la prestación efectiva de los servicios que el municipio brinda a los fines de satisfacer las demandas sociales. Además, cabe señalar aquí también, que la potestad fiscal del estado se entrecruza o al menos se vincula estrechamente con el poder de policía que éste detenta generándose con ello una suerte de zona gris en donde las exigencias antes señaladas parecieran no tener una respuesta inmediata.

Por lo expuesto, no resulta difícil inferir que se trata de una cuestión que va mas allá de la propia subsistencia del estado municipal, viéndose estrechamente comprometido el interés público por cuanto la salubridad, higiene, la concreta y efectiva prestación de los distintos servicios que éste brinda, es una cuestión que debe ser abordada con carácter primordial dado que de ello dependerá la mayor o menor calidad de vida de los ciudadanos.

Texto completo, acá

 

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