Voces: MEDIDAS CAUTELARES ~ LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR ~ DEFENSA DEL CONSUMIDOR ~ LEY APLICABLE ~ MEDICINA PREPAGA ~ PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO ~ EMBARAZO ~ RELACION DE CONSUMO ~ COBERTURA MEDICA ~ DERECHO A LA SALUD ~ ASISTENCIA MEDICA ~ PROHIBICION DE INNOVAR ~ VEROSIMILITUD DEL DERECHO ~ VIOLACION DE LA LEY ~ COSA JUZGADA ~ AUTORIDAD DE APLICACION ~ AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
Autor: Alvarez Larrondo, Federico M.
Publicado en: LA LEY 21/11/2011, 21/11/2011, 5
I. Introito. II. El fallo sujeto a comentario. III. Las Medidas Preventivas Administrativas. IV. Diferencias entre las MPA y las Medidas Cautelares. V. La Ley 24.240 como piso regulatorio. VI. El texto de la Ley 757. VII. El precedente de Trelew. VIII. Conclusión.
I. Introito
El fallo que se nos ha invitado a comentar, trae una vez más a la palestra un tema que no ha merecido por parte de nuestra doctrina consumerista el desarrollo que su rol y envergadura a nuestro entender amerita. Y ha sido tal vez por ello que se ha generado una suerte de práctica administrativa y judicial que sin fundamentos profundos, ha asignado a la figura bajo estudio una naturaleza jurídica que no la define como tal: la de medida cautelar.
De allí, que tal como lo hiciéramos en una anterior oportunidad, (1) trataremos de esbozar nuestra posición sobre lo que, entendemos, es la verdadera naturaleza de las Medidas Preventivas Administrativas (en adelante MPA) y su inmediato impacto en la resolución de conflictos de consumo.
Qué grosso este muchacho. Increíble la claridad expositiva.
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