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jueves, 24 de marzo de 2011

GUATEMALA: PROHIBICIONES PARA SER PRESIDENTE

El artículo 172 inciso 1) de la Constitución de la Provincia de Río Negro establece con claridad que:
"No pueden ser elegidos gobernador o vicegobernador:
1. Los cónyuges y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad del
gobernador o vicegobernador, en el mismo período o en el siguiente al mandato ejercido."

Con esta limitación se busca obviamente evitar el nepotismo y que el acceso a la Jefatura de la Administración Provincial se transmita o se intente transmitir -al menos- entre familiares, que garanticen una suerte de "perpetuidad" (o "eternidad" en los términos de la Diputada Nacional ultra-K Diana Conti) de un mismo clan en el poder, precisamente por el mandato del artículo 1º de la Constitución Provincial de organizar "sus instituciones bajo el sistema republicano y democrático de gobierno"; es decir, se pretende algo diferente del sistema monárquico del que nos independizamos en 1.816.

Recordemos que en la Constitución Nacional no contamos con una cláusula que limite la sucesión presidencial entre cónyuges; lo que permitió la muy sudamericana foto del Presidente saliente Néstor Kirchner entregándole la banda y el bastón de mando a su esposa.

No obstante la inhabilidad para ser gobernador transcripta más arriba, la imaginación y falta de escrúpulos de algunos políticos trasciende las más elementales reglas de juego de la democracia con insólitas soluciones, como la que leí hoy en el diario río negro (http://www.rionegro.com.ar/), respecto de las elecciones presidenciales en Guatemala.

El artículo 186 inciso c) de la Carta Magna Guatemalteca fija una prohibición similar a la rionegrina: "Prohibiciones para optar a los cargos de Presidente o Vicepresidente de la República. No podrán optar al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República:
c) Los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad del Presidente o Vicepresidente de la República, cuando este último se encuentre ejerciendo la Presidencia..."

¿Qué hizo entonces el Presidente Álvaro Colom para dejar a su señora esposa en el cargo? Pues iniciar rápidamente y de común acuerdo los trámites de divorcio. Afortunadamente, según informa el diario, esta "maniobra desató una oleada de críticas de los sectores sociales, políticos y religiosos...".

Esperemos que por la salud de las democracias latinoamericanas este fraude no logre concretarse, y que sus protagonistas se vean obligados a desistir de tan absurda trampa o, en su defecto, sean debidamente castigados en las urnas.
                                      PAREJA PRESIDENCIAL. SANDRA TORRES Y SU ESPOSO
                                      EL PRESIDENTE COLOM, EN 2009. ELLA ASPIRA A SUCEDERLO
                                      (Foto tomada de http://www.clarin.com/ del 24 de marzo de 2011)

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